GUÍA INFORMATIVA DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE TERAPIA FAMILIAR (FEATF) PARA LA ACREDITACIÓN DE CENTROS DOCENTES (CD)
1) PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO:
La dirección del centro interesado enviará por correo electrónico su solicitud al coordinador de la Comisión de Docencia y Acreditaciones (Roberto Pereira rpereira@euskalnet.net). En dicha solicitud deberá especificar el programa o programas para los que solicita acreditación y deberá adjuntar un escrito que incluya información detallada sobre:
El centro en el que se imparte la formación.
El equipo docente del centro: nombres, profesión y grado de acreditación docente por la FEATF si lo tuviera.
Los programas que imparte,
los criterios de admisión de alumnos,
Los temas teóricos que se abordan en el programa, especificando el número de horas que se dedican a cada tema y los profesores que imparten cada tema,
Otra información de interés como tipo de actividades prácticas, trabajos teóricos, criterios de evaluación de los alumnos, etc.
Si el programa incluye módulos de Supervisión debe especificarse también cómo se organiza esta actividad, con qué medios técnicos cuenta el centro para llevarla a cabo, de dónde proceden las familias que son atendidas, etc.
Además de esta información, el centro debe enviar por correo postal al coordinador de la comisión -Roberto Pereira, C/ Luzarra nº 18, 1º. 48014 Bilbao (Vizcaya)- una carta con una declaración de cada profesor explicando que acepta formar parte del equipo docente de la escuela.
Vea más información relacionada con esto en el vínculo “Criterios mínimos para la obtención de acreditaciones como Terapeutas Familiares y Expertos en Intervención Sistémica”.
El Coordinador se pondrá en comunicación con la Junta directiva de la Asociación autonómica a la que pertenezca el centro solicitando un informe consultivo en el que la Junta, basándose en la información de la que disponga, exprese su opinión sobre la solvencia del centro para impartir la formación.
El Coordinador enviará copia de la documentación a dos miembros de la comisión cuyo cometido es dictaminar si el programa cumple con los criterios mínimos que, en materia de formación de Terapeutas Familiares tiene la FEATF y si la solicitud se ajusta a los requisitos establecidos para ello. Se intenta siempre que miembros de la comisión asignados para el estudio de un programa no pertenezcan a la Asociación autonómica donde está situado el CD.
Los miembros de la comisión harán llegar al Coordinador su dictamen, favorable o desfavorable. El Coordinador trasladará acto seguido el dictamen al centro. Si es desfavorable, el Coordinador detallará al CD los puntos que debe corregir antes de volver a solicitar la acreditación. Si es favorable, el Coordinador informará a la dirección del centro y seguirá adelante el proceso. La duración del procedimiento, hasta llegar a este punto, es aproximadamente de seis meses.
El Coordinador elevará a la Junta Directiva de la FEATF, en su siguiente reunión ordinaria, la propuesta de acreditación para que sea oficialmente aprobada (La Junta Directiva se reúne, de forma ordinaria, dos veces al año: una en Noviembre, el día anterior a las Jornadas o Congreso y otra aproximadamente en Mayo).
Tras la aprobación de la Junta, el Coordinador de la CDA notificará, por medio de una carta oficial, la acreditación a la dirección del CD.
Las acreditaciones se otorgan por un periodo máximo de cinco años concluido el cual, el CD deberá solicitar la renovación de su acreditación. (véase el apartado 5)
2) PROGRAMAS PARA LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR LA ACREDITACIÓN
Los CD. Pueden solicitar acreditación para uno, varios o todos los siguientes módulos:
Curso Básico de Formación en Terapia Familiar (común a las titulaciones de Terapeutas Familiares (TF) y de Expertos en Intervención Sistémica (EIS).
Curso Avanzado de Formación de Terapeutas Familiares.
Curso Avanzado de Formación de Expertos en Intervención Sistémica.
Módulo de Supervisión (50 horas para la titulación de EIS y 100 para la titulación de TF).
Pueden solicitar acreditación para los módulos numerados de 1 a 3 aquellos CD que cuenten entre su personal al menos con dos Docentes acreditados por la FEATF.
Pueden solicitar la acreditación para los módulos numerados del 1 al 4 aquellos CD que cuenten entre su personal al menos con dos Supervisores Docentes acreditados por la FEATF.
2.1) CATEGORÍAS DOCENTES Y FORMA DE ACCEDER A ELLAS:
Las siguientes normas fueron adoptadas en la reunión de centros docentes llevada a cabo en Valencia en Noviembre del 2001 y fueron ratificadas por la Junta Directiva de la FEATF en su reunión del 25 de Mayo del 2002 en Bilbao.
La FEATF reconoce tres categorías docentes: a) Colaborador Docente, b) Docente y c) Supervisor Docente.
a) Colaborador Docente:
Podrán obtener el grado de Colaborador Docente aquellos Terapeutas Familiares o Expertos en Intervención Sistémica por la FEATF, con una experiencia clínica o de intervención familiar de al menos cuatro años, que sean aceptados como tales por un Centro Docente acreditado por la FEATF
b) Docente:
Alcanzarán el grado de Docente aquellos Colaboradores Docentes que hayan impartido, en un Centro Docente acreditado por la FEATF, un mínimo de 80 horas de docencia durante un periodo mínimo de cuatro años.
c) Supervisor Docente:
Podrán obtener el grado de Supervisor Docente aquellos Docentes que puedan acreditar una docencia mínima como tales de dos años en un centro acreditado por la FEATF y que, durante ese periodo, tengan participación directa en los procesos de supervisión de los alumnos durante al menos 50 horas
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